Nuestros Servicios Legales
En un mundo tan cambiante y de conformidad con nuestro objetivo de búsqueda de la excelencia, ofrecemos asesoramiento especializado en materias fuertemente demandadas y que aportan una ventaja competitiva, proporcionando las mejores soluciones a nuestros clientes.
Protección de Datos
El derecho fundamental a la protección de datos supone un derecho de control y de disposición de la información de las personas sobre el uso que se hace de sus datos personales.
Desde el 25 de mayo de 2018 el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) es de obligado cumplimiento. Su objetivo es la protección de los datos personales, es decir, de la información relativa a las personas físicas. Es por ello que el tratamiento de datos personales puede afectar no solo a las empresas, sino a cualquier persona, entidad, autoridad pública, servicio u otro organismo que procese datos personales de quienes residan en la Unión Europea. Se incluyen también proveedores y terceras empresas a los que se encargue el tratamiento de esos datos personales.
Los responsables de tratamientos (empresas, Administraciones Públicas u otras entidades) a los que has facilitado tus datos de carácter personal deben cumplir con unos principios y obligaciones que se regulan en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Si tu empresa no lo hace y no incorpora las medidas de seguridad correspondientes, te expones a denuncias de los usuarios y sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Por otro lado, aquellas empresas que tomen la iniciativa de destacarse por un correcto tratamiento de los datos personales podrían gozar de una ventaja competitiva respecto de las demás.
¿Qué ofrece GOTHICA CONSULTING?
- Auditoría Protección de Datos
- Adaptación RGPD & LOPDGDD
- Adecuación de su sitio web a la normativa vigente
Nuestro objetivo es determinar las necesidades concretas que tiene cada empresa en cuanto al tratamiento de datos y ofrecer soluciones que encajen con su operativa diaria.
¿Necesitas más información?
Estaremos encantados de resolver tus dudas o preparar un presupuesto.
Ponte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto y te responderemos a la mayor brevedad posible.
Sistema de Prevención de Blanqueo de Capitales
Con la aprobación de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo se da forma finalmente a la normativa que establece aquellas pautas a desarrollar para la prevención del blanqueo de capitales en aquellas actividades susceptibles de ser utilizadas por organizaciones o personas asociadas a actividades ilícitas.
La implantación de un Sistema de Prevención de Blanqueo de Capitales conforme a las exigencias legislativas previene de las implicaciones, que los sujetos obligados puedan tener, con dichas actividades ilícitas de clientes o miembros de la organización.
El Sistema de Prevención de Blanqueo de Capitales se plantea como un Sistema integrado dentro de los procesos y actividad de los sujetos obligados, recogiendo todas las obligaciones de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, facilitando y haciendo más eficaz su cumplimiento.
Vemos como el riesgo de que una empresa pueda verse salpicada por el blanqueo de capitales en nuestro país es real. Por ello, la prevención es la mejor arma con la que cuentan las empresas para evitarlo.
Compliance como medida de prevención
Es importante que las organizaciones tengan en cuenta la necesidad de disponer de modelos de prevención de delitos, para poder exonerar o atenuar la responsabilidad penal, según establece el Código Penal español a raíz de las reformas de los años 2010 y 2015 y la última del año 2019.
Una de las condiciones que establece el artículo 31 bis del C.P. en su apartado segundo para poder eximir de responsabilidad penal a una persona jurídica (empresa, organización) es la de adoptar y ejecutar con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyan las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos.
Estos modelos de organización y gestión a los que se refiere es a lo que llamamos en la práctica «programas de Compliance».
Aunque el principal objetivo de los modelos de Compliance y de las certificaciones es la de conseguir una eximente o atenuación de la responsabilidad de las organizaciones, existen otras ventajas, como:
- Mejora la imagen y reputación de la empresa a nivel nacional e internacional
- Representa una ventaja competitiva
- Mejora la imagen ante potenciales clientes e inversores
- Nos ayuda a identificar los riesgos de nuestra organización
- Facilita la creación de una cultura ética
¿Cómo podemos ayudarte?
Nuestro equipo es el resultado de la sinergia de una consultora con 15 años de experiencia en atender las necesidades de asesoramiento de pequeñas y medianas empresas, y muy especialmente, concienciada con el medio ambiente.
Protegemos la reputación de tu empresa blindando tu seguridad jurídica ante casos de soborno, fraude o daño al medio ambiente.
- Diseño e Implantación de un Sistema de Gestión de Compliance Penal
- Auditoria Externa del cumplimiento de los requisitos de la Norma UNE 19601
Cada empresa requiere de un análisis individualizado y pormenorizado para la elaboración de un sistema de Compliance Penal, también una pequeña o mediana empresa puede y debe optar a estandarizarse para crecer en el medio y largo plazo. No son ajenas a los riesgos de incumplimiento y desde luego no es una realidad únicamente de las multinacionales. Si está interesado en implementar un sistema de Compliance Penal en su empresa no dude en contactar con nosotros, estamos encantados de poder ayudarte.
Contacta con nosotros para más información
Estaremos encantados de resolver tus dudas o preparar un presupuesto.
Ponte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto y le responderemos a la mayor brevedad posible.
Registro de Marca y Nombres Comerciales
Las Marcas son signos distintivos que permite a las empresas diferenciar sus productos y servicios del resto competidores en el mercado. Junto a la marca nos encontramos el nombre comercial, que se diferencia de la marca porque el nombre comercial distingue al empresario mientras que la marca distingue al producto o servicio. «Es fundamental que a estos activos de propiedad industrial se les dé una protección adecuada mediante el registro».
El registro de una marca otorga a la empresa el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos idénticos o similares con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión. Luego otorga por un lado, la titularidad exclusiva de uso y por otro, la posibilidad de excluir a terceros del uso de la misma.
Si la empresa no registra la marca, las inversiones que realice en la comercialización de un producto pueden resultar infructuosas ya que sus rivales podrían utilizar la misma marca o una tan similar que pueda confundirse para comercializar productos idénticos o similares.
Existen determinados tipos de registros dependiendo del alcance de protección que se quiera obtener: Registro de Marca Nacional, Marca Europea o Internacional.
Proteger la Propiedad Industrial supone una ventaja competitiva respecto al resto de empresas del sector.
Proporciona seguridad a tu negocio y disfruta de la tranquilidad.
¿Qué ofrece GOTHICA CONSULTING?
- Investigación viabilidad de tu marca
- Informe preliminar
- Asesoramiento personalizado
- Preparación de la documentación y presentación solicitud de registro
Para más información
Estaremos encantados de resolver tus dudas o preparar un presupuesto.
Ponte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto y le responderemos a la mayor brevedad posible.